Si bien es de Quintana Roo, México, puede ser aplicable.
Estimados
compañeros docentes, de acuerdo marco jurídico que sustenta la labor de los
docentes, por lo que derivado de los constantes quejas que los padres de
familia presentan de manera recurrente ante las autoridades de la SEP en contra
de los docentes, me permito hacer las siguientes recomendaciones:
1.-
Establezcan con sus alumnos una relación estrictamente profesional, por ningún
motivo intercambien sus datos personales, información personal, domicilio,
teléfono, correo electrónico o perfil de Facebook con ellos. Su labor
sustantiva es ser su maestro, con todo lo que ello significa, más no su amigo,
confidente, cuate, brother, no se confundan.
2.- Nada les justifica a ustedes el atentar física, psicológica o sexualmente contra sus alumnos, o ser omisos para instaurar acciones para prevenir el acoso escolar o bullying, no hay ninguna excluyente de responsabilidad que les favorezca, porque en el desarrollo de sus actividades docentes ustedes son garantes de la seguridad de la integridad de los menores.
3.- Reflexionen que sus actos u omisiones como docentes pueden traer como consecuencia que les apliquen sanciones de naturaleza laboral, administrativa e incluso penal, porque en materia educativa, el "bien jurídico supremo a tutelar" es el bienestar de la integridad de los alumnos, más no de los docentes.
4.- No creen perfiles de Facebook para desarrollar su trabajo docente, no agreguen a sus alumnos como amigos, no envíen o reciban mensajes de texto o de Whatts App con ellos. La creación de un blog es más recomendable. En todos estos casos requieren la autorización expresa y por escrito de sus padres o tutores.
5.- Si toman fotografías de sus alumnos, estas deben tener una finalidad educativa, no pueden subirlas, difundirlas, publicarlas, compartirlas o etiquetarlas por redes sociales, sin autorización expresa y por escrito de sus padres o tutores.
6.- No comercialicen, compren, vendan, intercambien, transfieran... artículos o servicios con sus alumnos. Tengan cuidado con los objetos, aparatos o mercancía de dudosa procedencia que reciban de ellos, nada "es más barato" que su propia tranquilidad.
7.- Durante el desarrollo de sus actividades docentes, por ningún motivo dejen solos a sus alumnos, no los saquen o excluyan de su clases, ni condicionen su permanencia, no les suspendan o expulsen, ni les restrinjan sus derechos escolares. Para abordar situaciones de naturaleza conductual deberán aplicar lo estipulado en el "Marco para la convivencia".
8. - Muéstrense como un modelo de persona ante alumnos, padres y docentes, cuiden su presentación, vocabulario, imagen, aseo personal y vestimenta. No permitan ni promuevan la falta de respeto entre los miembros de su comunidad educativa.
9.- No sean vanos, denostativos, engreídos, prepotentes, groseros con sus compañeros, directivos, padres o alumnos, sean un factor importante para promover en su centro de trabajo, un ambiente sano y lleno de concordia. No se queje de algo que usted no ha luchado por erradicar, mejor conviértase en un docente proactivo, propositivo, espontáneo, alegre, cordial, respetuoso, amigable, sonriente, compartido, solidario, amable, honesto, reflexivo, optimista...
10.- La mejor manera de NO verse involucrado en procedimientos laborales, administrativos o penales, es promover la cultura de la prevención, por lo que no piensen "esto a mi nunca me pasará". Artículo 19 del Código Civil para el Q Roo, "la ignorancia de las leyes no excluye su cumplimiento", por lo que sólo depende de ti.
2.- Nada les justifica a ustedes el atentar física, psicológica o sexualmente contra sus alumnos, o ser omisos para instaurar acciones para prevenir el acoso escolar o bullying, no hay ninguna excluyente de responsabilidad que les favorezca, porque en el desarrollo de sus actividades docentes ustedes son garantes de la seguridad de la integridad de los menores.
3.- Reflexionen que sus actos u omisiones como docentes pueden traer como consecuencia que les apliquen sanciones de naturaleza laboral, administrativa e incluso penal, porque en materia educativa, el "bien jurídico supremo a tutelar" es el bienestar de la integridad de los alumnos, más no de los docentes.
4.- No creen perfiles de Facebook para desarrollar su trabajo docente, no agreguen a sus alumnos como amigos, no envíen o reciban mensajes de texto o de Whatts App con ellos. La creación de un blog es más recomendable. En todos estos casos requieren la autorización expresa y por escrito de sus padres o tutores.
5.- Si toman fotografías de sus alumnos, estas deben tener una finalidad educativa, no pueden subirlas, difundirlas, publicarlas, compartirlas o etiquetarlas por redes sociales, sin autorización expresa y por escrito de sus padres o tutores.
6.- No comercialicen, compren, vendan, intercambien, transfieran... artículos o servicios con sus alumnos. Tengan cuidado con los objetos, aparatos o mercancía de dudosa procedencia que reciban de ellos, nada "es más barato" que su propia tranquilidad.
7.- Durante el desarrollo de sus actividades docentes, por ningún motivo dejen solos a sus alumnos, no los saquen o excluyan de su clases, ni condicionen su permanencia, no les suspendan o expulsen, ni les restrinjan sus derechos escolares. Para abordar situaciones de naturaleza conductual deberán aplicar lo estipulado en el "Marco para la convivencia".
8. - Muéstrense como un modelo de persona ante alumnos, padres y docentes, cuiden su presentación, vocabulario, imagen, aseo personal y vestimenta. No permitan ni promuevan la falta de respeto entre los miembros de su comunidad educativa.
9.- No sean vanos, denostativos, engreídos, prepotentes, groseros con sus compañeros, directivos, padres o alumnos, sean un factor importante para promover en su centro de trabajo, un ambiente sano y lleno de concordia. No se queje de algo que usted no ha luchado por erradicar, mejor conviértase en un docente proactivo, propositivo, espontáneo, alegre, cordial, respetuoso, amigable, sonriente, compartido, solidario, amable, honesto, reflexivo, optimista...
10.- La mejor manera de NO verse involucrado en procedimientos laborales, administrativos o penales, es promover la cultura de la prevención, por lo que no piensen "esto a mi nunca me pasará". Artículo 19 del Código Civil para el Q Roo, "la ignorancia de las leyes no excluye su cumplimiento", por lo que sólo depende de ti.
Atentamente
Mario Ahedo Flores
Abogado
Abogado
